El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) recuerda a los contribuyentes a cumplir con la declaración y pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) antes del plazo establecido por la sede tributaria.
El Servicio explica que, están obligados a declarar el mencionado impuesto las personas naturales que obtengan un enriquecimiento global neto anual, superior a 1.000 Unidades Tributarias (UT) o ingresos brutos mayores a 1.500 UT, tal como lo dicta el Artículo 79 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta: “Las personas naturales residentes en el país y las herencias yacentes que obtengan un enriquecimiento global neto anual superior a mil unidades tributarias (1.000 U.T.) o ingresos brutos mayores de mil quinientas unidades tributarias (1.500 U.T.) deberán declararlos bajo juramento ante un funcionario, oficina o por ante la institución que la Administración Tributaria señale en los plazos y formas que prescriba el Reglamento”.
Asimismo, el ente recaudador explica que las Personas Naturales que hayan obtenido un enriquecimiento neto gravable durante el ejercicio 2020, supere las cinco mil U.T (7 millones 500 mil bolívares), deberán pagar el referido impuesto, esto según Gaceta Oficial N° 42.049 del 18 de enero de 2021.
En este orden, en el caso de las personas jurídicas, todas deben declarar, independientemente del monto de los enriquecimientos obtenidos o de las pérdidas sufridas durante el ejercicio fiscal.
El SENIAT continúa con la divulgación de información y orientación para cumplir con este proceso tributario que culmina el 31 de marzo del año en curso, además se puede realizar a través del Portal Fiscal www.seniat.gob.ve y el pago de este tributo se puede hacer por taquilla o de manera electrónica, en un total de 17 instituciones bancarias autorizadas
Es importante destacar que las instituciones avaladas para recibir los pagos electrónicos de contribuyentes ordinarios son: Banco Activo; Banco Nacional de Crédito; Banco Exterior, Bancamiga, Banco Occidental de Descuento; Banco Provincial; Banesco, Fondo Común y Banco Mercantil, a su vez entidades bancarias como: Banco del Tesoro, el Banco Bicentenario y el Banco de Venezuela recibirán pagos electrónicos de contribuyentes ordinarios, así como de los especiales.
De igual manera, se explica que quienes deseen hacer el pago del tributo vía electrónica, deben disponer cuenta (ahorros o corriente) en los bancos que ofrecen esta alternativa, de lo contrario, deberán hacer el pago a través de la taquilla de cualquiera de los bancos autorizados, antes mencionados.