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Declara el ISLR y cumple con los deberes de la Nación

Con el objetivo de facilitarle al contribuyente el cumplimiento de sus deberes tributarios, el Servicio Nacional de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) informa los pasos para declarar y pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISLR).

Los contribuyentes deben ingresar al portal web www.seniat.gob.ve seleccionar el tipo de contribuyente Persona Natural o Jurídica, estar inscrito en el Registro Único de Información Fiscal  (RIF), conocer su usuario y clave, ingresar al menú opción “Procesos Tributarios ” y conocer el monto real de sus ingresos en el 2021.

En caso de alguna interrupción durante el proceso la información quedará guardada siempre y cuando el usuario haya tenido el cuidado de guardar y continuar en cada pantalla, de lo contrario deberá iniciar un nuevo proceso.

Asimismo, el ente recaudador recuerda que todos los contribuyentes están en la obligación de realizar la declaración vía electrónica, de acuerdo a la Providencia Administrativa N°0034 de fecha 17 de junio de 2013 publicada en la Gaceta Oficial N°40.207 del 15 de julio de 2013, a excepción de los contribuyentes que se rijan por el convenio de doble tributación, es decir utilizan la tarifa N°2, las cuales aplican a las sociedades de capitales como compañías anónimas.

El SENIAT recuerda que la opción de pagar electrónicamente es opcional, si decide realizarlo aparecer el banco autorizado a recibir este tipo de pagos, al que tiene asociada su cuenta electrónica y por allí podrá proceder a pagar.

Los contribuyentes deben colocar el monto total de los anticipos de ISLR en los ítems 231: “Anticipos de Impuestos (Declaración Estimada), en caso de colocar un monto mayor como total de anticipos de ISLR, la Administración Tributaria por medio de una fiscalización deberá aplicar las sanciones pertinentes establecidas en la ley.

A través de las sedes de Tributos Internos del Servicio, se está realizando un cabo operativo de divulgación que brinda a los contribuyentes información para facilitarles el cumplimiento de este deber. Es importante destacar que los funcionarios no están autorizados para hacer estimaciones de ingresos, los  contribuyentes que requieren asistencia para realizar su declaración pueden acercarse a cualquiera de las sedes tributarias del SENIAT.

Recuerde evitar complicaciones al momento de declarar, lo fundamental es cumplir con esta obligación lo más pronto posible, el plazo vence el 31 de marzo del año en curso.

T: Prensa SENIAT