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Conozca el nuevo Cono Monetario: Bolívar Soberano

A partir del 04 de Junio del 2018 entrará en vigencia la Reconversión Monetaria anunciada por el presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros, que consiste en eliminar tres ceros al actual cono monetario, con la finalidad de simplificar las transacciones, sistemas de cómputos y registros contables.

¿Qué es la Reconversión Monetaria? La Reconversión Monetaria es la modificación total del cono monetario vigente que implica el cambio de escala monetaria y de todo lo que se exprese en bolívares. Con la eliminación de tres ceros, se facilitarán las transacciones económicas y comerciales, así como también serán más eficientes los sistemas de cómputos y registros contables.

El Bolívar Soberano promoverá el sentido patrio y la valoración de la moneda. Además, dará soporte a una nueva era de crecimiento en el contexto de la renovación económica.

De esta manera, los precios, salarios, prestaciones sociales, tributos y cualquier operación de pago en moneda nacional deberán hacerse con el nuevo bolívar soberano, razón por la cual los precios deberán reexpresarse al dividir los anteriores entre 1.000.

Nueva familia de billetes

Con la reconversión circulará una nueva familia de especies monetarias conformada por 8 billetes, de 2, 5, 10, 20, 50, 100, 200 y 500 Bolívares Soberanos. (Bs. S). Además, se contará con dos monedas (50 céntimos y Bs.S 1) que sustituirán al actual cono vigente.

Normas que rigen el proceso de Reconversión

El Banco Central de Venezuela (BCV), a través de su portal web, publicó las nuevas normativas de la nueva reconversión monetaria que inició este 1º de mayo, la cual se rige en la resolución Nº 18-03-01 donde se detalla el redondeo, precios de productos básicos y cómo se deben exhibir los nuevos montos en los distintos establecimientos comerciales.

¿Cómo se aplica la Reconversión Monetaria?

La resolución establece que cuando el tercer decimal de la cantidad reexpresada sea igual o superior a cinco (5), el segundo decimal se elevará en una unidad, mientras que cuando el tercer decimal de la cantidad reexpresada sea inferior a cinco (5), el segundo decimal quedará igual con la finalidad de que todas las cifras se expresen con dos decimales.

Asimismo, señala que toda fracción resultante de la reexpresión (al dividir entre 1.000) que sea inferior a cero coma cinco (0,5) céntimos, será igual al céntimo inferior, mientras que el de toda fracción resultante de la citada reexpresión que sea igual o superior a cero coma cinco (0,5) céntimos, será igual al céntimo superior.

Excepción para el combustible

La resolución Nº 18-03-01 también reseña que para el área de combustibles de uso automotor, gas licuado del petróleo, servicios de agua, electricidad, aseo urbano, gas metano, telefonía e internet, que se se cotizan en el mercado bursátil, se realizarán como tipos de cambio que se expresen hasta tres decimales.

De tal manera, que el precio de un litro de gasolina de 95 octanos, el cual tiene un valor de Bs 6, al aplicarse la reconversión debe expresarse como Bs S. 0,006, sin redondeo alguno.

Precios en Bolívar Soberano

Desde el 1º de mayo, los montos y precios deben expresarse en Bolívares y Bolívares Soberanos. Además, los cheques y demás títulos de crédito emitidos hasta el 03 de junio del 2018, y presentados al cobro a partir del 04 de junio del 2018, se entenderá su monto automáticamente reexpresado en Bolívares Soberanos.”

Reconversión en el BBDP

El Banco Bicentenario del Pueblo, siguiendo los lineamientos de su presidente Miguel Pérez Abad, defenderá al Bolívar, razón por la cual se apegará a esta política monetaria impulsada por el Presidente Obrero Nicolás Maduro Moros a través del BVC. Entre las medidas necesarias destacan adaptar los sistemas de cómputo y calibrar los cajeros automáticos para asegurar la reexpresión de las viejas cantidades en la nueva moneda nacional, entre ellas, reexpresar la totalidad de los saldos de las cuentas de sus usuarios y usuarias.

Conozca la familia de billetes y monedas que entrará en vigencia desde el 04 de junio de 2018 (*)

Normas que rigen el proceso de Reconversión Monetaria

Resolución 18-03-2018

Gaceta 41.366

Gaceta

Prensa Banco Bicentenario del Pueblo