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BCV publica normas para la reconversión monetaria

En el comunicado se expresa que, con respecto al redondeo, se establece que toda fracción resultante de la reexpresión (al dividir entre 1.000) que sea inferior a (0,5) céntimos, será igual al céntimo inferior mientras que toda fracción resultante de la citada reexpresión que sea igual o superior a cero coma cinco (0,5) céntimos, será igual al céntimo superior

Mppef (04/05/2018).- El Banco Central de Venezuela (BCV), a través de la resolución N° 18-03-01 de fecha 30-04-18, publicó las normas que regirán los detalles de la recoversión monetaria, tales como: Redondeo, precios de productos básicos, exhibición de montos, entre otros.

En el comunicado se expresa que, con respecto al redondeo, se establece que toda fracción resultante de la reexpresión (al dividir entre 1.000) que sea inferior a (0,5) céntimos, será igual al céntimo inferior mientras que toda fracción resultante de la citada reexpresión que sea igual o superior a cero coma cinco (0,5) céntimos, será igual al céntimo superior.

El texto detalla además que cuando el tercer decimal de la cantidad reexpresada sea igual o superior a cinco (5), el segundo decimal se elevará en una unidad. Y cuando el tercer decimal de la cantidad reexpresada sea inferior a cinco (5), el segundo decimal quedará igual.

El órgano emisor informó que se establece una excepción para el combustible de uso automotor, el Gas Licuado del Petróleo (GLP), que se comercializa a granel, los servicios de agua, electricidad, aseo urbano, gas metano, telefonía e internet, las acciones que se coticen en el mercado bursátil y los tipos de cambio sí podrán expresarse hasta con tres decimales.

Asimismo, el documento ratifica que desde el 1 de mayo los precios deberán expresarse en bolívares y bolívares soberanos, así como los cheques y demás títulos de crédito emitidos hasta el 3 de junio de 2018, presentados al cobro a partir del 4 de junio de 2018, se entenderá su monto automáticamente reexpresado en Bolívares Soberanos.

T/Andrea España

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